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Nuevas disposiciones sobre migración laboral

El 9 de marzo de 2023, fue publicado en Gaceta Oficial el Decreto Ejecutivo No. 4 de 2023, mediante el cual se reglamentan los artículos 17 a 19 del Código de Trabajo, estableciendo nuevas disposiciones sobre categorías migratorias para la obtención de permisos de trabajo en Panamá, detalla los requisitos y parámetros para cada tipo de permiso de trabajo, las obligaciones tanto de los trabajadores extranjeros como de sus empleadores, entre otros aspectos.


Se contemplan nuevas categorías de permisos de trabajo, tal como la categoría para personal extranjero contratado por una Micro o Pequeña empresa. Los permisos de trabajo se han clasificado en 6 tipos: Permisos de Trabajo que equivalen a mano de obra local; Porcentajes Autorizados por el Código de Trabajo; Leyes Especiales (Multinacionales, Empresas Manufactureras, Cinematografía, etc.); Protección Humanitaria; Condiciones Especiales; Temporales.


Establece que el extranjero que haya obtenido un permiso de residencia permanente en Panamá, podrá solicitar permiso de trabajo en cualquier categoría migratoria. Se establecen casos excepcionales en los que se podrá permitir una proporción mayor respecto a los porcentajes establecidos del 15% para la contratación de trabajadores extranjeros especialistas o técnicos.


Se reitera la obligación que existe de reconocer a los trabajadores extranjeros el pago de sus prestaciones laborales, con independencia de su estatus migratorio y si mantienen o no un permiso de trabajo aprobado. 


Define como “mano de obra local” a los trabajadores extranjeros con permiso de trabajo bajo:


  1. Diez o más años de residencia

  2. Con cónyuge de nacionalidad panameña

  3. Con residencia permanente especial

  4. Reagrupación familiar

  5. Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre Panamá e Italia

  6. Dependientes de personal diplomático consular, administrativo y de organismos internacionales acreditados en Panamá.

Los empleadores que mantengan trabajadores extranjeros con solicitudes de prórroga de sus permisos de trabajo en trámite no serán sancionados, siempre y cuando dichas prórrogas sean presentadas antes de la fecha del vencimiento de los permisos de trabajo.


En cuanto a los permisos de trabajo para personal SEM y EMMA se incluye categoría para posiciones de Gerentes de niveles medios y altos (personal permanente) SEM, de igual forma para régimen EMMA. 


Entre otros aspectos incluyendo, para trabajadores temporales, para extranjeros bajo la protección del Estado Panameño y demás.


Consulte todos los pormenores de este Decreto y su impacto en las operaciones de su empresa, info@cldlegal.com.



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